Decreto 57-2008 Artículo 10 Numeral 21

Artículo 10

Numeral 21

Destino total del ejercicio de los recursos de los fideicomisos constituidos con fondos públicos. 
Destino total del ejercicio de los recursos de los fideicomisos constituidos con fondos públicos, incluyendo la información relacionada a las cotizaciones o licitaciones realizadas para la ejecución de dichos recursos y gastos administrativos y operativos del fideicomiso.