LOP Artículo 32 BIS 

Artículo 32 BIS 

Información de Entidades Receptoras de Transferencias. 

Los recursos públicos que se trasladen en calidad de aportes al sector privado y al sector externo, se realizarán bajo responsabilidad de las entidades de la administración central, empresas públicas, entidades autónomas y descentralizadas otorgantes. Dichas entidades deberán registrar en el Sistema de Contabilidad Integrada (SICOIN), la información siguiente:  

  • Nombre o razón social, nombre del representante legal y Número de Identificación Tributaria (NIT).
  • Número y fecha del convenio que ampara el traslado de recursos;
  • Monto de la transferencia.
  • Objetivos, metas e indicadores de resultados.
  • Número y fecha de la resolución por medio de la cual se aprueba la programación y reprogramaciones.